No es infrecuente es ver como muchas actividades administrativas son externalizadas a empresas. En teoría responde al viejo axioma que determinadas prestaciones pueden ser mejoradas por las empresas privadas. No cabe duda que en ocasiones esto puede ser cierto; de hecho en sectores estratégicos como sanidad o educación la concurrencia de oferta pública con la privada produce efectos beneficiosos.
Pero en la fiebre externalizadora de buena parte de nuestras Administraciones no se esconde sino una manifestación más del caciquismo de Estado referido en las anteriores entradas. La adjudicación de tal actividad en realidad responde a dos premisas: la huida de los requisitos del Derecho Administrativo y el beneficio de los responsables de las entidades adjudicatarias, cuyos dueños suelen tener vínculos con los altos mandos públicos.
El caso Undargarin puede ser señalado como ejemplo palmario de lo expuesto, aunque por la notoriedad del personaje y la trascendencia de la noticia esconde la práctica habitúal en el sector público español. En la formación, por ejemplo, se suelen dar numerosos ejemplos de lo expuesto; se empezó por extender a consultoras la impartición de cursos y hasta masters en principio con figuras mas asimiladas al ámbito privado (coaching, motivación de equipos, técnicas de negociación....) para luego alcanzar materias puramente administrativas en la que un mínimo de coherencia indica que deben de ser prestados por funcionarios públicos. simplemente por motivos de especialización profesional. Algo así como si a un funcionario se le adjudicara el dar un curso sobre evolución de estrategias publicitarias de grandes superficies.Claro que un rastreo ene el accionariado de la empresa adjudicataria sacaría a la luz no pocas explicaciones.
Consecuencias: para el capital humano administrativo, falta de calidad en la formación y des motivación profesional el verse cortada otra fuente de ingresos. Para el mercado, nuevo supuesto de competencia desleal que provica la quiebra del legal y garantiza el mercado cautivo del que cuenta con la tecla adecuada paar la adjudicación
Pero en la fiebre externalizadora de buena parte de nuestras Administraciones no se esconde sino una manifestación más del caciquismo de Estado referido en las anteriores entradas. La adjudicación de tal actividad en realidad responde a dos premisas: la huida de los requisitos del Derecho Administrativo y el beneficio de los responsables de las entidades adjudicatarias, cuyos dueños suelen tener vínculos con los altos mandos públicos.
El caso Undargarin puede ser señalado como ejemplo palmario de lo expuesto, aunque por la notoriedad del personaje y la trascendencia de la noticia esconde la práctica habitúal en el sector público español. En la formación, por ejemplo, se suelen dar numerosos ejemplos de lo expuesto; se empezó por extender a consultoras la impartición de cursos y hasta masters en principio con figuras mas asimiladas al ámbito privado (coaching, motivación de equipos, técnicas de negociación....) para luego alcanzar materias puramente administrativas en la que un mínimo de coherencia indica que deben de ser prestados por funcionarios públicos. simplemente por motivos de especialización profesional. Algo así como si a un funcionario se le adjudicara el dar un curso sobre evolución de estrategias publicitarias de grandes superficies.Claro que un rastreo ene el accionariado de la empresa adjudicataria sacaría a la luz no pocas explicaciones.
Consecuencias: para el capital humano administrativo, falta de calidad en la formación y des motivación profesional el verse cortada otra fuente de ingresos. Para el mercado, nuevo supuesto de competencia desleal que provica la quiebra del legal y garantiza el mercado cautivo del que cuenta con la tecla adecuada paar la adjudicación
No hay comentarios:
Publicar un comentario